Son documentos distintos y, además, uno depende del otro: el certificado de defunción lo emite el Registro Civil y acredita que una persona ha fallecido; el certificado de últimas voluntades lo emite el Ministerio de Justicia y acredita si esa persona otorgó testamento. No se puede pedir el segundo sin el primero.
Certificado de defunción: qué es y para qué sirve
Es el documento que certifica el hecho del fallecimiento, con fecha, lugar y causa si procede. Se solicita en el Registro Civil correspondiente al lugar donde ocurrió la muerte, y es el primer documento que necesita cualquier familia tras un fallecimiento.
Certificado de últimas voluntades: qué es y para qué sirve
Acredita si el fallecido otorgó testamento y ante qué notario, información imprescindible para saber cómo se va a repartir la herencia. Se solicita después del certificado de defunción, nunca antes.
Tabla resumen de diferencias
Organismo emisor: Registro Civil (defunción) frente a Ministerio de Justicia (últimas voluntades). Qué acredita: el fallecimiento en sí frente a la existencia o no de testamento. Cuándo se pide: inmediatamente tras el fallecimiento frente a pasados 15 días hábiles desde la inscripción de la defunción.
Para seguir leyendo y continuar la gestión
Para profundizar en el certificado de últimas voluntades una vez aclarada la diferencia: esta guía sobre qué es el certificado.
Para saber exactamente dónde tramitar cada documento: esta guía sobre dónde tramitarlo.
Existe otra confusión habitual muy parecida entre dos organismos públicos, que aclaramos en un artículo aparte: Diferencia entre el Registro General de Actos de Última Voluntad y el Registro Civil.
Aclarada la diferencia, el siguiente paso es reunir toda la documentación necesaria para iniciar el trámite: Documentación necesaria para solicitar el certificado de últimas voluntades, paso a paso.
Preguntas frecuentes
¿Puedo pedir el certificado de últimas voluntades sin tener antes el de defunción?
No, el certificado de defunción es el documento previo imprescindible para poder solicitar después el de últimas voluntades.
¿Dónde se pide el certificado de defunción?
En el Registro Civil correspondiente al municipio donde ocurrió el fallecimiento, de forma presencial, por correo o telemática según el registro.
¿Cuál de los dos certificados necesito para el banco?
Depende del trámite bancario concreto, pero en la mayoría de los casos se pide primero el certificado de defunción y, más adelante, el de últimas voluntades si hay que formalizar la herencia.