La vía postal sigue existiendo, pero implica imprimir el modelo 790, comprar el sello, esperar a que llegue a la gerencia territorial correspondiente y, solo entonces, empezar a contar el plazo de tramitación. La vía online elimina ese tiempo muerto de envío y es hoy la opción más rápida para la inmensa mayoría de los casos.
Qué implica la vía postal
Se rellena el modelo 790 en papel, se paga la tasa en una entidad bancaria colaboradora y se envía por correo certificado a la gerencia territorial del Ministerio de Justicia correspondiente al domicilio del fallecido. El plazo de tramitación no empieza a contar hasta que el documento físico llega a su destino, lo que puede añadir varios días adicionales sin ningún control sobre ellos.
Qué implica la vía online
El modelo se rellena y se firma electrónicamente, el pago se hace de forma telemática y la solicitud entra directamente en el sistema del Registro sin depender de plazos postales. Es la vía que recomendamos en la práctica totalidad de los casos, salvo excepciones muy concretas de personas sin ningún acceso a medios digitales.
Qué prefieren nuestros clientes
La gestión online es, con diferencia, la opción mayoritaria entre quienes contratan nuestro servicio, precisamente porque elimina la incertidumbre del correo postal y permite hacer seguimiento del expediente en tiempo real.
Para seguir leyendo y continuar la gestión
Para ver el detalle de plazos de la vía online gestionada: esta guía de plazos de entrega.
Para elegir directamente la vía online sin tener que enviar nada por correo: nuestra tienda.
Si prefieres directamente la vía sin desplazamientos, aquí tienes el detalle completo del proceso 100% online: Certificado de últimas voluntades sin cita previa ni desplazamientos: así es el proceso 100% online.
Si tu prioridad es la rapidez por encima de todo, esto es lo que puedes esperar de una solicitud urgente: Certificado de últimas voluntades urgente: cuándo puedes pedirlo con prioridad y en cuánto llega.
Preguntas frecuentes
¿Es más lenta la vía postal?
Suele serlo, porque añade el tiempo de envío físico del documento antes de que el Registro empiece siquiera a procesarlo, un tiempo que la vía online elimina por completo.
¿Es igual de válido el certificado si se pide por correo?
Sí, el resultado final tiene la misma validez legal independientemente de la vía elegida para solicitarlo.
¿Puedo cambiar de vía si ya envié la solicitud por correo?
No se puede convertir una solicitud postal ya enviada en una online; si el envío se ha perdido o tarda demasiado, lo habitual es iniciar una nueva solicitud por la vía telemática.