Herencia digital: qué pasa con las cuentas online del fallecido y cómo encaja el certificado de últimas voluntades

La herencia digital no es un trámite aparte del proceso sucesorio habitual: el certificado de últimas voluntades sigue siendo el punto de partida, porque un testamento puede incluir disposiciones concretas sobre qué hacer con las cuentas online, las fotos en la nube o los perfiles en redes sociales del fallecido.

Qué es exactamente la herencia digital

Se refiere al conjunto de cuentas, contenidos y activos digitales de una persona: correo electrónico, redes sociales, fotos y documentos almacenados en la nube, criptomonedas o suscripciones activas. Todo ello forma parte del patrimonio a efectos sucesorios, aunque no tenga la forma tradicional de un bien físico.

Qué puede decir el testamento al respecto

Un testamento puede incluir disposiciones específicas sobre el destino de las cuentas digitales, designando a alguien para gestionarlas o eliminarlas. Si existen esas disposiciones, el certificado de últimas voluntades es, de nuevo, el primer paso para localizar el testamento y comprobar si las incluye.

Qué pasa si no hay ninguna disposición digital

Cada plataforma (redes sociales, servicios de correo, bancos) tiene su propio procedimiento para gestionar cuentas de personas fallecidas cuando no hay instrucciones expresas, normalmente solicitando el certificado de defunción y acreditando la relación con el fallecido, de forma similar a cualquier otro trámite sucesorio.

Para seguir leyendo y continuar la gestión

Para entender el papel del testamento tradicional dentro de la herencia digital: esta guía sobre qué es el certificado.

Para iniciar el trámite del certificado que también aplica a este tipo de herencia: la página de gestión del certificado.

Las disposiciones digitales de un testamento se enmarcan dentro del proceso general de aceptación de la herencia: Pasos para aceptar una herencia en España: del certificado de defunción al reparto de bienes.

Si el fallecido no dejó testamento, tampoco habrá disposiciones digitales expresas, un escenario que desarrollamos aparte: Qué pasa si no hay testamento: guía de la herencia intestada en España (2026).

Preguntas frecuentes

¿Es obligatorio incluir disposiciones digitales en el testamento?

No es obligatorio, aunque cada vez es más habitual y recomendable, especialmente si existen activos digitales de valor económico o sentimental.

¿Puede un heredero acceder al correo electrónico del fallecido sin autorización?

Depende de las políticas de cada proveedor de servicio; en general se exige acreditar la condición de heredero y, en muchos casos, una autorización judicial o notarial expresa.